FUENTE: Cláusula 47 del Contrato Colectivo de Trabajo

¿CUÁNTOS DÍAS ME CORRESPONDEN?
| Identifica los DIAS DE DISFRUTE que te corresponden | Identifica tu antigüedad laboral en tu tarjetón de pago. Según tu antigüedad y tu turno te corresponden los días: TURNO MATUTINO Y VESPERTINO ![]() TURNO NOCTURNO ![]() JORNADA ACUMULADA ![]() |
| Identifica EL PERIODO VACACIONAL que te corresponde programar | En tu tarjetón de pago identifica: En tu tarjetón de pago identifica: En este ejemplo, esto significa que el trabajador ya disfrutó 5 periodos, pero va a salir en diciembre, que es el periodo número 6 y ya no va a salir más veces. Por lo tanto, el trabajador va a programar los periodos 7 y 8. El periodo 6 lo disfruta en diciembre. Si no tuviera periodos por disfrutar. Lo que programaría sería el periodo 6 y 7. |
¿QUE ROL DE VACACIONES ELIJO?
CALENDARIO VACACIONAL. El Instituto y el Sindicato elaboran un calendario único, este esta enumerado de manera consecutiva 1,2,3,4,etc. Llamados roles (primera columna). En la siguiente columna menciona la fecha que inicia el periodo vacacional. Ejemplo: para el Rol 1 inicia el 16 de enero, el Rol 2 inicia el 30 de enero y así sucesivamente. En la siguiente columna aparece el número de días que tienes autorizados a disfrutar , ejemplo 7 (7 días), es decir. Para el rol 1, inicia el 16 de enero y termina el 24 de enero para un trabajador que le corresponden 7 días hábiles.
Si desea salir en una fecha que abarque el 18 de marzo, tendrá que elegir el rol 5. Porque inicia el 14 de marzo y termina el 25 de marzo para un trabajador que le corresponden 7 días hábiles.

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ELEMENTOS BÁSICOS
Para entender las vacaciones como personal IMSS, primero debemos conocer lo siguiente:
- Para el derecho a disfrute de vacaciones se debe tener un año laborado que se refleje en el tarjetón: «DSTV: 365». (Art.78 LFT).
- Para programar se sigue el orden de antigüedad. Quien tiene más antigüedad programa primero. (Cláusula 1 CCT)
- Se manejan dos términos DIAS DE DISFRUTE y DIAS DE PAGO
- DÍAS DE DISFRUTE DE VACACIONES se refieren a los días hábiles que saldrás según tu antigüedad laboral (Ver tabla1).
- DÍAS DE PAGO DE VACACIONES: Es un pago adicional a la prima vacacional. Hay tres formas de solicitarlo: 1. Solicitar el pago fraccionado: Es decir te pagan cada vez que sales. 2. Puedes solicitar todo el pago la primera vez que sales y la segunda no recibirlo. 3 Solicitar no recibirlo la primera vez que sales y recibirlo todo la segunda vez. En el tarjetón aparece como «Ayuda de actividades recreativas y culturales»
¿Cuántos días me corresponden? DÍAS DE DISFRUTE. Cada vez que sale de vacaciones se numera el periodo vacacional, 1, 2, 3, etc. La primera vez que sale (Periodo 1) le corresponden 7 días hábiles. La segunda vez (Periodo 2) le corresponden 8 días hábiles y así sucesivamente. Se incrementa de acuerdo a la antigüedad laboral. Como se puede observar en la siguiente tabla. Después del periodo 10. Todos sales 10 días hábiles.
| Núm. de periodo vacacional | NÚM DE DÍAS A DISFRUTAR | Núm. de periodo vacacional | NÚM DE DÍAS A DISFRUTAR | |
| 1 | 7 | 2 | 8 | |
| 3 | 8 | 4 | 8 | |
| 5 | 8 | 6 | 9 | |
| 7 | 9 | 8 | 9 | |
| 9 | 9 | 10 | 10 | |
| 10 | 10 | 11 | 10 | |
| 12 | 10 | 13 | 10 |
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